Historias clínicas. Una perspectiva médico – legal.


📋 Historias Clínicas: Buenas Prácticas Médicas y Legales

Guía práctica para la elaboración y gestión de registros clínicos

⏱️ Tiempo de lectura: 5 minutos
👥 Dirigido a: Profesionales y estudiantes de salud
📅 Actualizado: 2025

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Introducción: Breve reseña histórica

La historia clínica es mucho más que un simple registro: es la memoria escrita de la relación médico-paciente y constituye el documento médico-legal por excelencia. Comprender su evolución nos ayuda a valorar su importancia actual.

 

Siglo V a.C. – Grecia

Hipócrates introduce los primeros registros sistemáticos de casos clínicos. Sus escritos documentaban síntomas, evolución y desenlace, sentando las bases de la observación médica estructurada.

 

Siglo II d.C. – Roma

Galeno perfecciona la documentación clínica, incluyendo antecedentes del paciente y correlaciones entre síntomas y tratamientos.

 

Siglo XVIII – Europa

Los hospitales comienzan a sistematizar registros. Herman Boerhaave en Leiden establece el modelo de historia clínica hospitalaria con anamnesis, exploración y diagnóstico diferencial.

 

Siglo XX – Estandarización

La historia clínica se convierte en requisito legal. Se desarrollan formatos estandarizados y comienza su informatización en las últimas décadas.

 

Siglo XXI – Era digital

La Historia Clínica Electrónica (HCE) transforma la documentación médica, con nuevos desafíos en interoperabilidad, seguridad y protección de datos.

📖 Definición

Historia Clínica: Conjunto de documentos que contienen datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y evolución clínica de un paciente a lo largo del proceso asistencial. Es un documento médico (registra el acto clínico) y legal (tiene valor probatorio).

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La Historia Clínica desde la perspectiva médica

2.1 Funciones de la historia clínica

dr melean andrologo caracas

🩺 Función asistencial

  • Respalda diagnóstico y tratamiento
  • Garantiza continuidad del cuidado
  • Facilita comunicación entre profesionales
  • Permite seguimiento longitudinal

📚 Funciones complementarias

  • Docencia: Formación de profesionales
  • Investigación: Estudios clínicos
  • Epidemiología: Vigilancia sanitaria
  • Gestión: Administración de servicios

2.2 Elementos esenciales de una historia clínica bien elaborada

Según las guías de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Sociedad Europea de Medicina Interna (ESIM) y los estándares de Joint Commission International (JCI), una historia clínica completa debe contener:

Componente Contenido requerido
Identificación del paciente Nombres, apellidos, documento de identidad, fecha de nacimiento, sexo, dirección, teléfono, contacto de emergencia, número de historia clínica
Motivo de consulta Síntoma principal en palabras del paciente, duración aproximada
Enfermedad actual Cronología detallada, características de los síntomas (ALICIA: Aparición, Localización, Irradiación, Carácter, Intensidad, Atenuantes/Agravantes)
Antecedentes Personales patológicos, quirúrgicos, traumáticos, alérgicos, farmacológicos, familiares, gineco-obstétricos (si aplica), hábitos psicobiológicos
Examen físico Signos vitales, inspección general, examen por sistemas, hallazgos positivos y negativos relevantes
Impresión diagnóstica Diagnóstico principal, diagnósticos diferenciales, diagnósticos secundarios
Plan diagnóstico Exámenes de laboratorio, estudios de imagen, interconsultas solicitadas
Plan terapéutico Tratamiento farmacológico (dosis, vía, frecuencia, duración), medidas generales, indicaciones específicas
Evolución Notas de seguimiento con fecha/hora, respuesta al tratamiento, cambios de conducta justificados
Epicrisis/Egreso Resumen del caso, diagnóstico definitivo, procedimientos realizados, condición al egreso, plan de seguimiento, signos de alarma

2.3 Principios de buena documentación clínica

🎯 Los 7 principios fundamentales (según JCI y OMS)

  1. Contemporaneidad: Registrar durante o inmediatamente después del acto médico
  2. Legibilidad: Escritura clara o preferiblemente formato electrónico
  3. Completitud: Incluir toda información clínicamente relevante
  4. Precisión: Usar terminología médica estandarizada
  5. Trazabilidad: Identificar siempre quién registra (nombre, firma, sello, fecha/hora)
  6. Objetividad: Distinguir hallazgos objetivos de interpretaciones
  7. Confidencialidad: Proteger la información del paciente

💡 Regla de oro

«Si no está escrito, no ocurrió». Este principio, ampliamente aceptado en medicina y derecho, resume la importancia de documentar cada decisión clínica relevante.

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La Historia Clínica desde la perspectiva legal venezolana

3.1 Marco normativo aplicable

En Venezuela, la historia clínica está regulada por un conjunto de normas que establecen derechos, deberes y consecuencias jurídicas:

Norma Artículos clave Contenido relevante
Constitución (CRBV) Arts. 28, 60, 83 Derecho a la salud, intimidad, protección de datos personales (hábeas data)
Ley Orgánica de Salud Art. 69 Derecho del paciente a que conste por escrito todos los datos de su enfermedad, diagnóstico, tratamiento y evolución
Ley del Ejercicio de la Medicina Arts. 25, 46-53 Deberes del médico, secreto profesional, excepciones a la confidencialidad
Código de Deontología Médica Arts. 123-146 Elaboración de HC, secreto médico, uso de informática, certificaciones
Código Penal Arts. 190, 422 Revelación de secreto profesional; homicidio/lesiones por negligencia, imprudencia o impericia
Código Civil Arts. 1.185-1.196 Responsabilidad civil por daños: «El que causa un daño está obligado a repararlo»

3.2 Valor probatorio de la historia clínica

En sede judicial, la historia clínica funciona como prueba documental de primer orden. La jurisprudencia venezolana ha establecido principios importantes:

⚖️ A favor del médico

  • Una HC completa y bien elaborada demuestra diligencia profesional
  • Documenta el cumplimiento de la lex artis
  • Evidencia el consentimiento informado
  • Justifica las decisiones clínicas tomadas

⚠️ En contra del médico

  • Una HC incompleta o ilegible genera presunción de negligencia
  • Omisiones pueden interpretarse como conducta culposa
  • La ausencia de documentación dificulta la defensa
  • Errores o contradicciones debilitan la credibilidad

⚠️ Principio de facilidad probatoria

En casos de responsabilidad médica, la doctrina de las cargas probatorias dinámicas establece que corresponde al médico demostrar que actuó conforme a la lex artis, porque está en mejor posición técnica para producir la prueba. Una historia clínica deficiente traslada la carga probatoria en su contra.

3.3 Tipos de responsabilidad derivada

Una inadecuada gestión de la historia clínica puede generar:

  1. Responsabilidad civil: Obligación de indemnizar daños y perjuicios Art. 1.185 CC
  2. Responsabilidad penal: Por homicidio o lesiones culposas Art. 422 CP, o por revelación de secreto Art. 190 CP
  3. Responsabilidad administrativa: Sanciones del Colegio de Médicos
  4. Responsabilidad ético-disciplinaria: Proceso ante el Tribunal Disciplinario

3.4 Secreto médico y excepciones

El Art. 46 de la Ley del Ejercicio de la Medicina establece el secreto médico como inviolable. Sin embargo, existen excepciones taxativas:

  • ✓ Declaración obligatoria de enfermedades (art. 25.1)
  • ✓ Comunicación a familiares cuando el médico lo considere necesario (art. 48)
  • ✓ Pronóstico grave a familiares/representantes (art. 49)
  • ✓ Autorización expresa del paciente
  • ✓ Orden judicial debidamente motivada
  • ✓ Actuación como médico forense
  • ✓ Protección de la vida o el honor de las personas
  • ✓ Impedir la condena de un inocente

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Requisitos formales y foliación

4.1 ¿Deben foliarse las historias clínicas?

✅ Respuesta: Sí, es altamente recomendable

Aunque la legislación venezolana no establece una obligación explícita de foliación, esta práctica es esencial para garantizar:

  • Integridad: Permite detectar si se han extraído o añadido páginas
  • Trazabilidad: Facilita la referencia a documentos específicos
  • Valor probatorio: Una HC foliada tiene mayor peso en juicio
  • Estándares de calidad: Es requisito de acreditación JCI

4.2 Reglas formales de integridad

Regla Historia física Historia electrónica
Foliación Numerar consecutivamente todas las páginas Numeración automática y registro de versiones
Espacios en blanco Anular con línea diagonal Campos obligatorios para evitar omisiones
Tachaduras Prohibidas. Usar procedimiento de corrección Inmutabilidad lógica (no eliminación)
Identificación del autor Nombre, firma y sello en cada nota Usuario autenticado + firma electrónica
Fecha y hora Obligatoria en cada registro Timestamp automático
Anexos Identificados y referenciados Vinculados digitalmente

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Gestión de errores y correcciones

Los errores en la historia clínica son inevitables, pero su manejo inadecuado puede tener consecuencias graves. La regla fundamental es: nunca eliminar, siempre corregir con trazabilidad.

5.1 Procedimiento en historia clínica física

📝 Pasos para corregir un error

  1. NO tachar, borrar, usar corrector ni arrancar la página
  2. Trazar una sola línea horizontal sobre el error (que permita leer lo tachado)
  3. Escribir la palabra «error» o «corrección»
  4. Anotar el texto correcto a continuación o en el margen
  5. Registrar fecha, hora y firma de quien corrige
  6. Si es relevante, incluir breve justificación

5.2 Procedimiento en historia clínica electrónica

  • ✓ El sistema debe impedir la eliminación física de registros
  • ✓ Crear nueva entrada con la información corregida
  • ✓ Mantener visible el registro original (versión anterior)
  • ✓ Registro automático de: quién corrigió, cuándo, qué se modificó
  • ✓ Campo obligatorio de justificación para cambios significativos

🚫 Prácticas prohibidas

  • Arrancar o sustituir páginas
  • Usar corrector líquido o cinta
  • Escribir sobre tachaduras ilegibles
  • Añadir anotaciones extemporáneas sin identificarlas como tales
  • Modificar registros después de conocer una demanda

Advertencia: La alteración de la historia clínica puede configurar el delito de falsedad documental, además de destruir la credibilidad del profesional en un proceso judicial.

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Consentimiento informado

El consentimiento informado es un elemento fundamental de la historia clínica que merece tratamiento detallado. En esta guía solo haremos una mención general; desarrollaremos este tema en profundidad en un artículo específico.

📖 Concepto básico

Es la manifestación libre, expresa, previa y suficientemente informada de voluntad del paciente para aceptar un procedimiento diagnóstico o terapéutico, tras haber recibido información sobre su naturaleza, beneficios, riesgos y alternativas.

Los Arts. 15-18 del Código de Deontología Médica y el Art. 25.3 de la Ley del Ejercicio de la Medicina establecen las bases del consentimiento informado en Venezuela.

📌 Aspectos clave (a desarrollar en próximo artículo)

  • Elementos del consentimiento válido
  • Documentación adecuada
  • Situaciones especiales (menores, incapacitados, emergencias)
  • Rechazo de tratamiento y su registro
  • Revocación del consentimiento

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Responsabilidad institucional

La responsabilidad sobre la historia clínica no recae exclusivamente en el médico tratante. Las instituciones de salud tienen obligaciones específicas:

7.1 Obligaciones del centro de salud

📁 Gestión documental

  • Proveer formatos estandarizados
  • Implementar sistemas de archivo seguros
  • Garantizar custodia y conservación
  • Establecer protocolos de acceso
  • Definir procedimientos de entrega

👥 Capital humano

  • Capacitar al personal en documentación
  • Supervisar cumplimiento de normas
  • Realizar auditorías periódicas
  • Implementar mejora continua
  • Designar responsable de archivo clínico

7.2 Conservación y plazos

Aunque la legislación venezolana no establece plazos específicos para historias clínicas, se recomienda por analogía normativa y buenas prácticas:

Situación Plazo mínimo recomendado
Pacientes adultos 10 años desde la última atención
Pacientes menores de edad Hasta alcanzar mayoría de edad + 10 años
Casos con litigio activo o potencial Indefinido mientras exista riesgo legal
Cierre del establecimiento Transferencia obligatoria a autoridad competente

7.3 Entrega de información a terceros

La institución debe establecer protocolos claros para la entrega de información:

  • Al paciente: Acceso garantizado, copia fiel certificada, plazo razonable
  • A familiares/representantes: Verificar legitimación, autorización escrita
  • A tribunales: Mediante oficio judicial, remitir original o copia certificada en sobre sellado
  • A otros médicos: Con autorización del paciente, resumen en sobre cerrado
  • Documentar siempre: Qué se entregó, a quién, fundamento, fecha/hora

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Resumen ejecutivo

✅ Checklist de buenas prácticas

  • ✓ Registrar de forma contemporánea (durante o inmediatamente después del acto)
  • ✓ Escribir de manera legible o usar formato electrónico
  • ✓ Incluir todos los elementos esenciales (ver tabla Sección 2)
  • ✓ Firmar, sellar y fechar cada nota
  • ✓ Foliar todas las páginas
  • ✓ Anular espacios en blanco
  • ✓ Corregir errores siguiendo el procedimiento establecido
  • ✓ Documentar consentimiento informado
  • ✓ Justificar decisiones clínicas importantes
  • ✓ Registrar comunicaciones con paciente y familiares
  • ✓ Proteger la confidencialidad
  • ✓ Conservar por los plazos recomendados

💬 Reflexión final

La historia clínica bien elaborada no es solo un requisito legal: es una herramienta que protege al paciente, guía la atención médica, facilita la continuidad del cuidado y constituye la mejor defensa del profesional. Invertir tiempo en documentar correctamente es invertir en calidad asistencial y seguridad jurídica.

Nota: Este documento tiene fines educativos. Para casos específicos, consulte con un abogado especializado en derecho médico.

📚 Referencias y fuentes consultadas

  • • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
  • • Ley Orgánica de Salud (Gaceta Oficial N° 36.579, 1998)
  • • Ley del Ejercicio de la Medicina (Gaceta Oficial N° 39.823, 2011)
  • • Código de Deontología Médica (Federación Médica Venezolana, 2003)
  • • Código Penal de Venezuela (Gaceta Oficial N° 5.768, 2005)
  • • Código Civil de Venezuela (1982)
  • • Joint Commission International. Estándares para Hospitales (7ª ed., 2020)
  • • OMS. Medical Records Manual: A Guide for Developing Countries (2006)
  • • Rosario, M. «Valor médico legal de la historia clínica». GICOS (2020)
  • • Domínguez Guillén, M.C. «Derechos del paciente y responsabilidad civil médica». IDIBE (2018)

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